Transparencia

El derecho de acceso a la información pública consiste en el derecho de cualquier persona, física o jurídica, ya sea a título individual y en su propio nombre, ya sea en representación y en el nombre de las organizaciones legalmente constituidas en las que se agrupen o que los representen, a acceder a la información pública, sin más limitaciones que las contempladas en la Ley y sin necesidad de motivar su solicitud.
Se entiende como información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de los sujetos sometidos a la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
El acceso a la información será gratuito con carácter general, y esta se pondrá a disposición en la forma o formato solicitado, siempre que sea posible.

-    ¿Qué es la información pública?
De conformidad con el  artículo 4 de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno es aquella información, cualquiera que sea su soporte y forma de expresión, generada por las Administraciones Públicas a las que se refiere esta ley foral o que estas posean.

Se considera, asimismo, información pública aquella cuya autoría o propiedad se atribuye a otras entidades o sujetos que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas o funciones públicas, siempre que haya sido generada u obtenida en el ejercicio de una actividad pública.

  • Solicitudes de información
    Para tramitar una solicitud, por favor, pincha:
    https://gobiernoabierto.navarra.es/es/transparencia/solicitud-informacion-publica/que-es/como-acceder/formulario
  • Órgano competente
    El órgano competente para resolver las solicitudes de acceso a la información pública de la Fundacion Gizain es la Directora - Gerente de la misma que ostenta facultades de representación.
  • Plazos
    Con carácter general, la solicitud de información pública deberá ser respondida en el plazo máximo de un mes desde la fecha de entrada en el registro correspondiente.
    Este plazo podrá ampliarse por otro mes más, si el volumen y la complejidad de la información son tales que resulta imposible emitirla en el plazo antes indicado. En este supuesto, deberá informarse a la persona solicitante, dentro del plazo máximo de diez días, de las razones que justifican la emisión de la resolución en dicho plazo.
  • Límites
    El derecho de acceso está sujeto a ciertos límites, recogidos en el artículo 31 de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de la Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno cuando suponga un perjuicio para:
    •    La seguridad pública.
    •    La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión.
    •    La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios.
    •    La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva.
    •    Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control.
    •    Los intereses económicos y comerciales legítimos, sin perjuicio de la publicidad de los convenios, contratos y otros actos administrativos conforme a esta ley foral.
    •    El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial.
    •    La protección del medio ambiente.
    •    La información declarada reservada o protegida por normas con rango de ley.
  • Causas de inadmisión   
     •    Se refieran a información que la ley excluya del derecho de acceso.
    •    Se refieran a información que no obre en poder de la entidad a la que se dirijan y se desconozca el competente.
    •    Se correspondan con peticiones de respuestas a consultas jurídicas o peticiones de elaboración de informes o dictámenes.
    •    Se consideren abusivas por su carácter manifiestamente irrazonable, repetitivo o por conllevar un desmedido abuso del derecho.
    •    Se refieran a documentación preparatoria, material en curso de elaboración o documentos o datos inconclusos y que no formen parte del expediente administrativo.

    Inconclusos: Aquellos sobre los que se esté todavía trabajando internamente y no se haya emitido ningún dictamen, informe o aprobación.
     
  • Se refieran a información que tenga carácter auxiliar o de apoyo, así: 
    Se refieran a información que para su divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración.: 

-    Unidad responsable de Información Pública
Con objeto de hacer efectivo el derecho a la información pública de la ciudadanía, Fundacion Gizain ha designado una Unidad Responsable de Información Pública (URIP) encargada de la tramitación en tiempo y en forma de las obligaciones establecidas en la Ley Foral 5/2018. La URIP de Fundacion Gizain es su departamento de Gerencia – Administración , con quien puedes contactar a través de gizain@fundaciongizain.es o en el 848 46 39 00.

 

En esta sección encontrarás la organización institucional, la estructura organizativa, las funciones, la sede y los distintos medios de contacto.

Nº de liberados sindicales: 2 personas (50% de su jornada laboral)

  • Procesos de selección: 
    • Ver ofertas de trabajo disponibles en las sociedades públicas de Navarra aquí
    • Ver ofertas de la F. Gizain en el apartado: Actualidad/Bolsa de trabajo.
  • Relación de empresas vinculadas
    No hay empresas vinculadas.
  • Reconocimiento de compatibilidad
    La Ley Orgánica 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las AA.PP., establece lo siguiente:
    No existe incompatibilidad para el ejercicio de las actividades privadas siempre y cuando no impidan o menoscaben el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia. Como norma general, el personal de las SSPP no podrá compatibilizar sus actividades con el desempeño de un segundo puesto de trabajo con cargo o actividad en el sector público, salvo las siguientes excepciones:

    •    Funciones docentes
    •    Funciones sanitarias


    Para el ejercicio de la segunda actividad será indispensable la previa y expresa autorización de compatibilidad, que no supondrá modificación de jornada de trabajo y horario de los dos puestos y que se condiciona a su estricto cumplimiento en ambos. En todo caso la autorización de compatibilidad se efectuará en razón del interés público.
  • Procesos de participación ciudadana: En Fundacion Gizain, a fecha de hoy, no se ha llevado a cabo ningún proceso de participación ciudadana
  • Planes y programas:
    •    Plan Estratégico
    •    Plan de Igualdad
    •    Plan de inclusión, diversidad y accesibilidad
  • Procedimientos y protocolos
    •    Protocolo de gestión orden listas contratación
    •    Protocolo de selección de personal
    •    Protocolo de gestión de periodos de prueba
    •    Protocolo de violencia interna en el trabajo
    •    Protocolo COVID
  • Memorias
    Memoria 2019

           Memoria 2020

         Memoria 2021

         Memoria 2022: Memoria completa; Versión ejecutiva; Infografía

         Memoria 2023: Memoria completa

  • Listas de espera
    A Fundacion Gizain, en la actualidad, no le aplica ninguna circunstancia relativa a listas de espera

 

En la plantilla laboral de Fundacion Gizain hay una persona que ostenta en este momento la condición de alto cargo que es el Directora-Gerente de la Fundación:

 2º Trimestre 2019

 3º Trimestre 2019 

 4º Trimestre 2019

1º Trimestre 2020

2º Trimestre 2020

3º Trimestre 2020

4º Trimestre 2020

1º Trimestre 2021

2º Trimestre 2021

3º Trimestre 2021

4º Trimestre 2021

Año 2022

1º Trimestre 2023

2º Trimestre 2023

3º Trimestre 2023

4º Trimestre 2023

La contratación pública se articula a través del Portal de Contratación de Navarra. Puedes acceder a través de este enlace para consultar información referente a Fundacion Gizain.

Acuerdos de Encargo

En la actualidad Fundación Gizain ha suscrito convenios de colaboración con:

  • Escuela Politécnica de Navarra – Integración Social
  • Udima
  • Uned
  • Universidad de Burgos
  • Universidad de la Rioja
  • Universidad Internacional de Valencia
  • Universidad Pública de Navarra
  • Universidad Pontificia de Salamanca
  • Asociación Lantxotegi
  • Guardia Civil

La solicitud de prácticas y la oferta de las mismas está ligada a la responsabilidad de la Universidad/Entidad que las solicite, no atendiendo peticiones individuales de alumnado. Para cualquier solicitud debe enviarse un correo a gizain@fundaciongizain.es con referencia en asunto: ”a la atención responsable en Practicas”, con la petición por parte de la persona responsable de la Universidad/Entidad en cuestión y será contestada por escrito. 

  • Documentación 2020
  • Documentación 2021
  • Documentación 2022

Relación de bienes inmuebles propiedad de Fundación Gizain sobre los que ostente algún derecho real.
No hay BIENES INMUEBLES

 

En la actualidad Fundación Gizain no gestiona información sobre ordenación territorial, urbanismo, medio ambiente o vivienda

En esta sección encontrarás información sobre la inversión publicitaria anual y las solicitudes de información pública que más se repiten

  • Inversión publicitaria
    No hay inversión publicitaria
  • Solicitudes de información publica
    Las solicitudes de información pública se tramitarán a través del Portal de Gobierno Abierto